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Estas tendencias sobre averías y reformas en viviendas afectarán la gestión de alquiler de tu casa

Tanto la aparición de alguna avería en tu casa alquilada, así como como su reparación o cualquier remodelación que necesites hacerle, de seguro que muchas veces es motivo para irritarte el ánimo porque implica que tendrás que ir a checar la avería, hacer gastos, y limpiar y arreglar todo nuevamente, dependiendo del tipo de obra realizada. Además, tendrás que sumarle los inconvenientes que puedan surgir en el acceso a tu casa para realizar los trabajos, según la disposición del inquilino. Con los datos que te compartimos en este post, podrás prever el nivel de riesgos de averías en tu casa en alquiler, conocer las tendencias de las áreas de mantenimiento con mayores demandas, y podrás considerar estos datos para hacer un plan de mantenimiento más riguroso y preventivo en la gestión de alquiler de tu casa.


Gestión-de-Alquiler-y-Averías
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En las viviendas, el principal indicador de riesgo de sufrir averías es su antigüedad, de manera que mientras más envejecida sea una vivienda éste riesgo es mayor. Y, al parecer, esta es la tendencia actual en España, con casi 26 millones de viviendas, más de la mitad tienen una antigüedad superior a los 40 años (52%), siendo un 33% las que datan de más de 50 años, y solo se revela un 19,4% con una edad inferior a los 20 años, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) y Catastro, a inicios del año 2022.


En consecuencia, según un estudio difundido por la Revista Nueva Ferretería, entre julio de 2020 y el mismo mes de 2021, 4 de cada 10 encuestados afirma haber tenido una avería o haber realizado alguna reparación en su vivienda. El 47,84% de los encuestados ha tenido que llevar a cabo entre 2 y 3 reparaciones durante ese año, frente al 38,66% que solo ha hecho una, y el 13,50% que ha realizado más de tres. Mientras que las viviendas jóvenes solo representan alrededor del 13% de las incidencias en reparaciones.

Adicionalmente, si se considera el primer informe trimestral del 2022 sobre el sector reforma, efectuado por Habitissimo, se observa que un 53% de sus usuarios ha manifestado en este primer trimestre de 2022, tener como mejora la eficiencia energética de su vivienda en España, lo cual resultaría justificado por las recientes crisis energéticas, aunado a que, acá en España, solo 1,42 millones de viviendas han sido construidas en la última década y pueden considerarse, por tanto, edificios altamente eficientes. Estos datos se extrapolan al sector de alquiler de vivienda, donde la tendencia es aplicar una gestión de alquiler que involucra el ahorro energético.


En resumen, en dicho informe se destaca que, a través de Habitissimo, entre los trabajos de reparaciones y reformas de viviendas más demandados en el primer trimestre del 2022, están la reforma integral de la vivienda, en línea con los objetivos de eficiencia energética; seguida de las peticiones para la instalación o mantenimiento de calefacción y los trabajos de pintura. Asimismo, el mencionado informe también alerta que “los acontecimientos marcan la tendencia en cuanto a intervenciones, por ejemplo, durante el mes de marzo, las intensas lluvias propiciaron que aumentasen en un 110% las solicitudes de trabajos de impermeabilización y tratamiento de humedades y un 36% las peticiones, para tratar problemas de humedades y filtraciones provocados por las intensas lluvias”.


Cabe destacar que, además de los daños que pueden causar las humedades y filtraciones de agua a las estructuras de las paredes y los pisos de una vivienda, también pueden provocar un mayor consumo energético de la vivienda, ya que las superficies húmedas se enfrían rápidamente, lo que provoca tener que encender durante más tiempo la calefacción de la vivienda para conseguir el confort deseado.


Ante estos datos, también es importante considerar cuáles son los momentos más apropiados para realizar los trabajos u obras de reparación, conservación, o remodelación en una vivienda alquilada, ya que al requerirse alguna de estas intervenciones podrían generarse conflictos entre el arrendador y el inquilino, por ejemplo, porque el inquilino no quiera que le sea afectada su comodidad y se niegue o posponga el acceso a la vivienda para realizar estos tipos de intervenciones, o, caso contrario, porque el arrendador no quiera atender oportunamente la solicitud del inquilino que le reporta alguna avería. Por lo tanto, previendo algunas de esas y otras posibles situaciones conflictivas, con las cuales también se debe lidiar en toda gestión de alquiler de viviendas, te resaltamos lo siguiente:


Algunos aspectos legales que deben ser tomados en cuenta para la gestión de alquiler de vivienda en materia de averías, reparaciones y remodelaciones de la vivienda alquilada


- El arrendador no podrá aumentar al inquilino la renta por la realización de obras de conservación de la vivienda (artículo 21.1 Ley de Arrendamientos Urbanos -LAU-).


Abogados especialistas aclaran que cualquier pacto que se añada al contrato de arrendamiento en contra de esta norma será nulo. No será aplicable, pues la misma ley establece las responsabilidades de los tipos de gastos que deben asumir cada una de las partes. Solo las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del inquilino. Pero, éste tendrá la obligación de correr con los gastos de las obras que le corresponden al arrendador, siempre y cuando haya causado algún daño intencional o por descuido a la vivienda.


- El arrendador debe realizar las obras de conservación una vez que haya terminado el contrato de arrendamiento (para no molestar al inquilino), según se indica en el artículo 21.2 de la LAU.


Pero, si las obras no pueden demorarse hasta la finalización del contrato, entonces se realizarán durante la vigencia del mismo, por muy molesta que sea para el inquilino o incluso aunque el inquilino se tenga que ver privado de utilizar la parte de la vivienda que esté siendo afectada por las obras.


En este sentido, si las obras duran más de veinte días, el inquilino tiene derecho a que se le disminuya la renta en proporción a la parte de la vivienda que no pueda utilizar por motivo de las obras. Pero, si las obras ocupan una superficie tal del inmueble que hacen imposible la habitabilidad de la vivienda, el inquilino podría solicitar la suspensión temporal del contrato o incluso la extinción por desistimiento del inquilino, de acuerdo con el artículo 26 de la LAU.


- El inquilino deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de reparaciones de conservación, ya sea esta necesidad percibida por él mismo o por técnicos (artículo 21.3 LAU).


Añade este artículo que, en todo momento, previa comunicación al arrendador, podrá realizar el inquilino las obras que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.


Para una explicación más detallada sobre estas imposiciones de la ley para la realización de obras de conservación de la habitabilidad de una vivienda alquilada, puedes visitar a elderecho.com.


Si tienes una vivienda en alquiler o quieres alquilarla, recuerda siempre lo que te hemos compartido al inicio de este post, que a medida que más años acumule tu vivienda, mayor será el riesgo de sufrir averías. Sin embargo, si quieres librarte de estos trabajos, de sus correspondientes costos, y los posibles conflictos con el inquilino, puedes alquilar tu casa a una empresa no convencional como la nuestra, que asume todo lo relativo a la gestión de alquiler de tu casa, proveyéndote una renta permanente de la cual no tendrás que restar nada para cubrir gastos de ningún tipo de obras de reparación o conservación que requiera tu casa. La empresa lo asume todo, legalmente.

 
 
 

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