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El inquilino abandonó mi piso en alquiler sin avisar ¡Ya no es un alquiler seguro! ¿Qué puedo hacer?

Actualizado: 5 oct 2022

A la hora de alquilar un piso, la mayor expectativa es que sea un alquiler seguro. Sin embargo, hay ocasiones en las que suceden imprevistos que escapan de nuestro control, como es el caso cuando nos encontramos con que el inquilino, por alguna circunstancia, abandona el piso antes de cumplir el tiempo establecido en el contrato. ¿Qué hacer en estos casos? Aquí te apuntamos algunas informaciones.


Ante todo, lo más apropiado es conocer si realmente un inquilino puede o no proceder de esa manera. Comencemos por responder esa interrogante.



Alquiler-Seguro

¿Se puede abandonar un piso en alquiler sin avisar?


Legalmente, la respuesta es no. ... La Ley de Arrendamiento Urbano (LAU) en sus artículos 11 y 27, contemplan motivos justificados por los que el inquilino puede rescindir un contrato de alquiler antes de tiempo, sin que por ello exista una penalización. Estos motivos son:


1) Una vez haya transcurrido el tiempo mínimo estipulado en la ley (seis meses), 2) Si el arrendador se niega a realizar las reparaciones en la vivienda a las que está obligado según esta propia ley, y 3) La perturbación de hecho o derecho que realice el arrendador en la utilización en la utilización de la vivienda, es decir, que dificulte el disfrute de la vivienda.


Pero, aunque exista alguno de estos motivos justificados, el inquilino no puede desistir del contrato sin antes avisar. Es más, el aviso debe hacerse con una antelación mínima de 30 días. Esto está establecido en el art. 11 de la LAU:


Desistimiento del contrato.

El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización”.


Así que, como bien lo diferencia lainformacion.com, “una cosa es el derecho de desistimiento, y otra cuestión distinta es que en un contrato los arrendatarios abandonen la vivienda, sin consentimiento ni conocimiento del arrendador. En este caso, no quedan exonerados de las obligaciones derivadas del contrato de arrendamiento”.


Consecuencias para el inquilino al abandonar el piso en alquiler sin avisar, incumpliendo con el contrato de "alquiler seguro"


Según puede desprenderse de lo antes expuesto, si el inquilino no avisa su decisión de finalizar el contrato antes de tiempo, con una anticipación o preaviso de por lo menos 30 días, independientemente de si hay pacto o no sobre alguna indemnización, se interpreta como un “abandono” por parte del inquilino, en lugar de un “desistimiento o rescisión del contrato”.


En este caso, el arrendador podría interponer una demanda y el inquilino deberá enfrentar la sentencia dictada por el juez. Las sentencias más habituales en estos casos son:


1. Si el propietario está dispuesto a continuar alquilando su vivienda, el inquilino debe pagar al arrendador la cantidad de rentas mensuales durante el tiempo que transcurra hasta que el propietario logre alquilar su vivienda a un nuevo inquilino.


2. Que el inquilino deba indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a la suma de todas las rentas mensuales que quedarían por cumplir hasta la finalización del contrato.


3. Cuando el inquilino ha desaparecido, y el propietario se apega a la inviolabilidad de la residencia e interpone la correspondiente demanda de desahucio para que sea el juez el que declare extinguido el contrato de arrendamiento y devuelva la posesión, se podrá reclamar al inquilino por los daños y perjuicios ocasionados por el tiempo que se ha tardado en recuperar la vivienda, según lo reseña el portal de pisos.com/aldia.


En este caso, señala pisos.com, el propietario podrá reclamar por las rentas que se hubieran generado hasta que efectivamente recupere el inmueble, ya que, para el arrendatario, el hecho de que el inquilino no haya entregado correctamente la posesión de la vivienda supondrá que seguirá generando rentas.


Consecuencias para el propietario: ¡Ya no es un alquiler seguro!


Más allá de dejar de recibir las rentas convenidas en el contrato de arrendamiento, el hecho de que un inquilino abandone el piso alquilado sin avisar, supone que éste no entregue al propietario la “posesión de la vivienda”, es decir, que no firme la finalización del contrato y no entregue las llaves, o que entregue las llaves o las deje en otro sitio, pero no firme la finalización del contrato.


En este sentido, abogadosparatodos.com, sugiere que a la hora de alquilar un piso se debe tener muy presente que cuando dos partes deciden dar y tomar un inmueble en alquiler a través de un contrato, lo esencial es que el propietario cede la posesión del inmueble al inquilino, y la única forma de recuperar esa posesión es a través de la firma (de ambas partes) de la finalización del contrato y la entrega de llaves. Si esto no se cumple, el inquilino seguirá siendo el poseedor.


Esto quiere decir que, continuando con lo expuesto por abogados.com, si inquilino y arrendador no firman el documento de resolución de contrato y entrega de llaves y, por tanto, no se devuelve la posesión de la vivienda al arrendador, será un juez el que tenga que ordenar que le sea devuelta la posesión al arrendador, y para ello previamente tendrá que interponer el arrendador una demanda de resolución de contrato.


Y todos estos líos - y los adicionales que se deriven de ellos -, serán precisamente las consecuencias que debe enfrentar el propietario a causa del abandono del piso alquilado sin avisar, ya que, al irse el inquilino sin avisar, ya ni es un alquiler seguro, ni puede el propietario puede recuperar de manera inmediata la posesión de su vivienda.


A veces (y en la mayoría de los casos cuando el inquilino abandona por impago) el inquilino abandona sin dejar rastros, y algunos propietarios deciden entrar en su vivienda, para tomar posesión de su vivienda sin procesos judiciales, pero esto no es recomendable, puesto que el inquilino podría denunciarlo y de conformidad con el art. 202 del Código Penal, se considerará un delito de allanamiento de morada.


En conclusión, para hacer lo más posible el alquiler seguro de un piso, ante la posibilidad de que el inquilino abandone el piso en alquiler sin avisar, no olvides convenir con el inquilino una indemnización en caso de desistimiento e incluirla por escrito en el contrato de arrendamiento. También, se recomienda incluir una dirección de email y números telefónicos en el contrato para que el inquilino se comunique con el propietario, ya que hacer constar de esto puede ser de gran valer en un juzgado al solicitar permiso del juez para tomar posesión del inmueble, ante el abandono del inquilino.

 
 
 

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